Introducción
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El Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, publicado en el BOE del día 26 de octubre y aprobado por el Consejo de Ministros introduce, entre otras novedades, el nuevo Régimen especial del IVA de caja incluido en la nueva Ley de emprendedores (BOE del 27 de septiembre), y modifica cuatro reglamentos tributarios que afectan al IVA: el procedimiento de revisión en vía administrativa, los procedimientos de gestión e inspección tributaria y el Reglamento que regula las obligaciones de facturación. Entra en vigor, con algunas excepciones, el 27 de octubre de 2013.
El régimen especial del criterio de caja en el IVA (RECC) se implantará en España a partir de 1 de enero de 2014 con carácter voluntario, mediante la introducción de un ordinal 9º en el apartado Uno del artículo 120 de la LIVA bajo la rubrica de “Régimen especial del criterio de caja.”
La opción por dicho régimen podrá efectuarse ya por los operadores que lo deseen y cumplan los requisitos para ello en 2013 para comenzar a aplicarlo en 2014.
La regulación configura un sistema de “caja doble” que, una vez ejercitada la opción, debe aplicarse para todas las operaciones que se efectúen, salvo las expresamente excluidas del régimen en la norma.